{"id":3591,"date":"2026-10-13T09:00:00","date_gmt":"2026-10-13T12:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/agenciamendoza.uno\/?p=3591"},"modified":"2026-10-14T12:04:17","modified_gmt":"2026-10-14T15:04:17","slug":"despacho-favorable-a-la-nueva-ley-de-hidrocarburos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/agenciamendoza.uno\/index.php\/2026\/10\/13\/despacho-favorable-a-la-nueva-ley-de-hidrocarburos\/","title":{"rendered":"Despacho favorable a la nueva Ley de Hidrocarburos"},"content":{"rendered":"<p>Despacho favorable a la nueva Ley de Hidrocarburos<\/p>\n<p>Esta iniciativa propone reemplazar la normativa vigente desde hace 20 a\u00f1os y modernizar el r\u00e9gimen provincial frente a los cambios productivos, tecnol\u00f3gicos y normativos del sector. Incorpora nuevas herramientas para definir regal\u00edas e inversiones, incentivos para \u00e1reas maduras, desarrollo no convencional de Vaca Muerta y mayores exigencias ambientales.<\/p>\n<p>Las comisiones de Legislaci\u00f3n y Asuntos Constitucionales (LAC), Econom\u00eda, Energ\u00eda, Miner\u00eda e Industrias, y de Hacienda y Presupuesto, que presiden Beatriz Mart\u00ednez (UCR); Mar\u00eda Fernanda Kaufman (LLA) y Elisabeth Chescitelli (UCR), respectivamente, dieron despacho favorable, por mayor\u00eda de votos, al proyecto del Poder Ejecutivo que tiene por objeto actualizar el marco normativo provincial, potenciar inversiones y modernizar la actividad en lo referido a Hidrocarburos.<\/p>\n<p>La propuesta, que refuerza los principios b\u00e1sicos vinculados al dominio de la Provincia sobre sus recursos hidrocarbur\u00edferos, incorpora actualizaciones frente a los cambios productivos, tecnol\u00f3gicos y normativos de las \u00faltimas dos d\u00e9cadas, incluida la Ley Bases. Con ello, se busca sumar herramientas para atraer inversiones y nuevos proyectos, aumentar producci\u00f3n en \u00e1reas maduras y generar condiciones para el desarrollo no convencional de Vaca Muerta en Mendoza.<\/p>\n<p>Entre los fundamentos del proyecto se se\u00f1ala que el r\u00e9gimen local, establecido por la Ley 7526 en 2006, se encuentra desactualizado frente a los cambios normativos, tecnol\u00f3gicos y econ\u00f3micos registrados en el sector. En ese sentido, sostiene que el marco vigente \u201climita la agilidad que el mercado energ\u00e9tico local e internacional exige\u201d, carece de mecanismos procedimentales adecuados y no contempla la figura de la concesi\u00f3n de explotaci\u00f3n no convencional.<\/p>\n<p>De esta manera, la iniciativa propone reemplazar la Ley de hace dos d\u00e9cadas para adaptarla a las dos realidades productivas de Mendoza. En las dos cuencas productivas de la provincia, hay yacimientos convencionales maduros, donde el desaf\u00edo es sostener la actividad, recuperar producci\u00f3n y extender la vida \u00fatil de los campos con exploraci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de nuevas tecnolog\u00edas. A su vez en la Cuenca Neuquina, principalmente en Malarg\u00fce, el potencial est\u00e1 asociado al desarrollo no convencional de la lengua mendocina de Vaca Muerta, que requiere inversiones de mayor escala y condiciones adecuadas para proyectos de largo plazo.<\/p>\n<p>A partir de esas diferencias, la nueva ley propone un r\u00e9gimen m\u00e1s flexible para definir regal\u00edas, incentivos e inversiones seg\u00fan las caracter\u00edsticas de cada \u00e1rea. Tambi\u00e9n incorpora expresamente la explotaci\u00f3n no convencional, actualiza las obligaciones ambientales, prioriza a los proveedores y trabajadores locales y fortalece los mecanismos de fiscalizaci\u00f3n y control.<\/p>\n<p>El nuevo marco busca adem\u00e1s incentivar las inversiones privadas, revertir el declive de las \u00e1reas maduras y maximizar la producci\u00f3n de las cuencas, con especial \u00e9nfasis en los recursos no convencionales. Tambi\u00e9n, que ese impulso productivo se traduzca en una mayor demanda de mano de obra local, el fortalecimiento de las PyMEs del sector y un incremento de los ingresos fiscales por regal\u00edas y tributos provinciales.<\/p>\n<p>\u201cNo solo busca dotar de transparencia y estabilidad al sector, sino tambi\u00e9n establecer herramientas modernas y eficaces de articulaci\u00f3n entre el sector p\u00fablico y el privado, promoviendo esquemas de incentivos y reconversi\u00f3n para \u00e1reas maduras o marginales que optimicen la producci\u00f3n local y, consecuentemente, los ingresos fiscales por regal\u00edas\u201d, apunta el texto.<\/p>\n<p>Durante el tratamiento en el plenario, los legisladores que optaron por la abstenci\u00f3n, indicaron que har\u00edan una nueva lectura de la letra final de la normativa y que en tal caso de suponer la posibilidad de realizar aportes, los har\u00edan al momento de tratarse la normativa en el recinto. Las consultas giraron en torno a proyectos que tienen distintos legisladores relacionados al ambiente, que seg\u00fan sus \u00f3pticas, suman a esta normativa; a la incorporaci\u00f3n de algunos aportes en la reglamentaci\u00f3n de la Ley, y a la consulta mantenida con los especialistas del Ministerio en materia de incorporar alguna referencia al \u201ccompre mendocino\u201d o similar.<\/p>\n<p>Competencias provinciales y procedimientos de adjudicaci\u00f3n<\/p>\n<p>El proyecto establece que los yacimientos de hidrocarburos l\u00edquidos y gaseosos situados en el territorio provincial pertenecen al patrimonio exclusivo, inalienable e imprescriptible del Estado provincial. Asimismo, asigna al Poder Ejecutivo el dise\u00f1o y la definici\u00f3n de la pol\u00edtica hidrocarbur\u00edfera, orientada a incrementar las inversiones, aumentar la producci\u00f3n y contribuir a una explotaci\u00f3n eficiente y sostenible.<\/p>\n<p>Dispone que los permisos de exploraci\u00f3n y las concesiones de explotaci\u00f3n se otorguen mediante licitaci\u00f3n p\u00fablica, con excepciones previstas para la transformaci\u00f3n de permisos de exploraci\u00f3n en concesiones de explotaci\u00f3n y para la reconversi\u00f3n a concesiones de explotaci\u00f3n no convencional.<\/p>\n<p>En cuanto a la evaluaci\u00f3n de las ofertas, establece que se tendr\u00e1n en cuenta el valor total del proyecto, las regal\u00edas ofrecidas, las inversiones comprometidas y la producci\u00f3n asociada. La f\u00f3rmula de adjudicaci\u00f3n deber\u00e1 contemplar como factor preponderante el monto de las inversiones comprometidas.<\/p>\n<p>De igual forma, propone que EI Poder Ejecutivo, en su car\u00e1cter de poder concedente y de manera excepcional por razones de inter\u00e9s p\u00fablico estrat\u00e9gico, podr\u00e1 celebrar contrataciones directas con la Empresa Mendocina de Energ\u00eda S.A. con Participaci\u00f3n Estatal Mayoritaria<\/p>\n<p>(EMESA) -o la entidad que en el futuro la reemplace- o con operadoras titulares de concesiones en la Provincia, que tengan por objeto la operaci\u00f3n transitoria de aquellas \u00e1reas hidrocarbur\u00edferas que carezcan de titularidad vigente.<\/p>\n<p>Estas contrataciones tendr\u00e1n como finalidad garantizar la seguridad, la preservaci\u00f3n ambiental, el mantenimiento patrimonial y la continuidad operativa de los yacimientos hasta su adjudicaci\u00f3n mediante licitaci\u00f3n p\u00fablica, la cual deber\u00e1 ser convocada y concretada en un plazo m\u00e1ximo de 18 meses desde la vigencia de la contrataci\u00f3n.<\/p>\n<p>Durante este per\u00edodo, la operadora transitoria tendr\u00e1 la propiedad de los hidrocarburos que extraiga y las obligaciones y responsabilidades inherentes a un concesionario de explotaci\u00f3n,<\/p>\n<p>debiendo abonar los c\u00e1nones correspondientes y las regal\u00edas que determine la Autoridad de Aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Nuevo esquema para regal\u00edas e inversiones<\/p>\n<p>Uno de los principales cambios est\u00e1 en el sistema de regal\u00edas. La ley actual establece una regal\u00eda general de 12% sobre la producci\u00f3n y permite reducirla hasta 5% seg\u00fan las caracter\u00edsticas de cada proyecto.<\/p>\n<p>Este marco normativo propone un esquema diferente para las futuras licitaciones. La regal\u00eda de referencia ser\u00e1 de 15%, pero las empresas podr\u00e1n ofrecer un porcentaje mayor o menor al presentar sus propuestas. De esta manera, la provincia podr\u00e1 adecuar la regal\u00eda a la realidad de cada \u00e1rea: exigir una participaci\u00f3n mayor en proyectos con mejores condiciones econ\u00f3micas o aceptar una menor cuando sea necesario para hacer viable una inversi\u00f3n, por ejemplo, en campos maduros o de menor productividad.<\/p>\n<p>El proyecto incorpora incentivos para movilizar inversiones en \u00e1reas donde recuperar producci\u00f3n resulta m\u00e1s complejo. El Ejecutivo podr\u00e1 establecer reducciones de regal\u00edas para la reactivaci\u00f3n de pozos inactivos, la exploraci\u00f3n complementaria, la producci\u00f3n de crudos pesados y los proyectos de recuperaci\u00f3n mejorada. En esos casos, las regal\u00edas podr\u00e1n incluso ubicarse por debajo del 5% con fundamente t\u00e9cnico.<\/p>\n<p>\u201cEI Poder Ejecutivo podr\u00e1 crear reg\u00edmenes de incentivos provinciales, como la reducci\u00f3n de regal\u00edas por debajo del m\u00ednimo del 5%, para propiciar la reactivaci\u00f3n de pozos inactivos, la exploraci\u00f3n complementaria, la explotaci\u00f3n de crudos pesados o procedimientos de recuperaci\u00f3n terciaria\u201d, se\u00f1ala el articulado.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se podr\u00e1 compensar parcialmente el canon de explotaci\u00f3n cuando una compa\u00f1\u00eda realice nuevas inversiones de riesgo exploratorio, siempre que invierta al menos el doble del monto que pretende compensar. Para los permisos de exploraci\u00f3n podr\u00e1 reducirse, adem\u00e1s, hasta 80% el canon correspondiente a una pr\u00f3rroga.<\/p>\n<p>Vaca Muerta entra expresamente en la legislaci\u00f3n provincial<\/p>\n<p>Otra de las modificaciones centrales es la incorporaci\u00f3n de las concesiones de explotaci\u00f3n no convencional de hidrocarburos, una figura que no estaba contemplada en la Ley de 2006.<\/p>\n<p>La iniciativa habilita la reconversi\u00f3n de concesiones hacia este r\u00e9gimen de acuerdo con la legislaci\u00f3n nacional y establece as\u00ed un marco provincial espec\u00edfico para proyectos no convencionales.<\/p>\n<p>La incorporaci\u00f3n tiene especial relevancia para Malarg\u00fce y la lengua mendocina de Vaca Muerta, donde el desarrollo de los recursos requiere inversiones intensivas, mayores plazos y condiciones distintas de las que demanda un yacimiento convencional maduro.<\/p>\n<p>Mayores obligaciones ambientales<\/p>\n<p>Por otra parte, se refuerzan las responsabilidades ambientales durante todo el ciclo de vida de los yacimientos, desde la exploraci\u00f3n y explotaci\u00f3n hasta el cierre y abandono definitivo.<\/p>\n<p>Las empresas deber\u00e1n prevenir y mitigar impactos, realizar los monitoreos correspondientes y, cuando sea necesario, recomponer o restaurar el ambiente. Tambi\u00e9n deber\u00e1n contemplar el cierre y abandono de pozos, instalaciones y ductos y el saneamiento de los pasivos ambientales.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, establece expresamente que la salida de una empresa de un \u00e1rea no extingue las obligaciones ambientales generadas durante su operaci\u00f3n. Adem\u00e1s, deber\u00e1n presentar cada dos a\u00f1os una Declaraci\u00f3n Jurada de Buenas Pr\u00e1cticas, de car\u00e1cter p\u00fablico, que incluir\u00e1 informaci\u00f3n sobre comunidad, ambiente, capacitaci\u00f3n laboral, proveedores locales, transparencia, integridad, higiene y seguridad.<\/p>\n<p>\u201cLos titulares de permisos, concesiones y autorizaciones ser\u00e1n responsables de prevenir y mitigar los impactos ambientales derivados de las actividades a su cargo y, cuando corresponda, de recomponer o restaurar el ambiente afectado, de conformidad con la<\/p>\n<p>normativa vigente y la reglamentaci\u00f3n de la presente ley. El otorgamiento, modificaci\u00f3n, cesi\u00f3n, renuncia, reversi\u00f3n, vencimiento, caducidad o extinci\u00f3n de los derechos regulados por<\/p>\n<p>esta ley no eximir\u00e1 del cumplimiento de las obligaciones ambientales que resulten exigibles\u201d, dice expresamente.<\/p>\n<p>Miner\u00eda e hidrocarburos en un mismo territorio<\/p>\n<p>Por otra parte, incorpora reglas para ordenar la eventual superposici\u00f3n entre derechos mineros y proyectos hidrocarbur\u00edferos, una situaci\u00f3n que adquiere mayor importancia ante el crecimiento de la exploraci\u00f3n minera en Mendoza.<\/p>\n<p>Como principio general, ambas actividades deber\u00e1n procurar su coexistencia y compatibilizaci\u00f3n t\u00e9cnica, operativa, ambiental y temporal. La sola superposici\u00f3n de proyectos no implicar\u00e1 la caducidad, extinci\u00f3n o rechazo de ninguno de los derechos involucrados: sus titulares deber\u00e1n intercambiar informaci\u00f3n y buscar alternativas que permitan desarrollar ambas actividades.<\/p>\n<p>Cuando la coexistencia resulte imposible o genere riesgos incompatibles con la seguridad, el ambiente, la integridad de los yacimientos o el aprovechamiento racional de los recursos naturales, el Poder Ejecutivo resolver\u00e1 con intervenci\u00f3n de las autoridades minera e hidrocarbur\u00edfera y previa audiencia de los interesados. La decisi\u00f3n deber\u00e1 considerar, entre otros aspectos, la situaci\u00f3n de los derechos involucrados, la posibilidad de compatibilizar o secuenciar los trabajos, las inversiones realizadas y comprometidas y los impactos ambientales, sociales y territoriales.<\/p>\n<p>Multas actualizadas y m\u00e1s recursos para el control<\/p>\n<p>La reforma tambi\u00e9n reemplaza el sistema de multas expresadas en pesos, cuyos montos quedaron desactualizados. Las nuevas sanciones se calcular\u00e1n tomando como referencia el precio de la nafta s\u00faper y las infracciones ser\u00e1n clasificadas en leves, graves, muy graves y grav\u00edsimas. El texto establece adem\u00e1s criterios para graduar las sanciones seg\u00fan factores como la gravedad y duraci\u00f3n del incumplimiento, el da\u00f1o o riesgo generado, el beneficio econ\u00f3mico obtenido, la reincidencia y la conducta de la empresa para subsanar la falta.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, se fija una Tasa de Control de la Actividad Hidrocarbur\u00edfera, destinada a financiar inspecciones, fiscalizaci\u00f3n, equipamiento y fortalecimiento t\u00e9cnico, que no podr\u00e1 superar 0,8% del monto correspondiente a regal\u00edas y\/o c\u00e1nones de cada actividad.<\/p>\n<p>La autoridad de aplicaci\u00f3n ser\u00e1 el Ministerio de Energ\u00eda y Ambiente, a trav\u00e9s de la Direcci\u00f3n de Hidrocarburos, que tendr\u00e1 a su cargo el control de la producci\u00f3n y del cumplimiento de las obligaciones de las operadoras, adem\u00e1s de la supervisi\u00f3n de los pozos desde su perforaci\u00f3n hasta su abandono definitivo en coordinaci\u00f3n con la autoridad ambiental.<\/p>\n<p>En materia de recursos, asigna a la Administraci\u00f3n Tributaria Mendoza la determinaci\u00f3n, fiscalizaci\u00f3n y percepci\u00f3n de los ingresos p\u00fablicos que gravan la actividad, incluidas las regal\u00edas, los c\u00e1nones y la tasa de control hidrocarbur\u00edfero. La iniciativa dispone que los fondos recaudados por regal\u00edas y c\u00e1nones se destinen a Rentas Generales, mientras que los ingresos provenientes de la tasa de control, multas, derechos y otros conceptos especificados se afecten a la Autoridad de Aplicaci\u00f3n para solventar sus funciones y acciones vinculadas con la pol\u00edtica hidrocarbur\u00edfera provincial. Finalmente, se crea el Registro Provincial de la Actividad Hidrocarbur\u00edfera.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Despacho favorable a la nueva Ley de Hidrocarburos<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":3594,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"clasificacion-agencia":[],"clasificacion-provincial":[],"clasificacion-tematica":[],"clasificacion-local":[],"distribucion":[8,9,10],"fuente":[],"localidad":[],"provincia":[16],"redes-sociales":[11,12,13,14],"tematica":[18],"clasificacion":[],"class_list":["post-3591","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-uncategorized","distribucion-nodo-local-de-la-red-m1","distribucion-nodo-provincial-de-la-red-m1","distribucion-nodo-tematico-de-la-red-m1","provincia-mendoza","redes-sociales-se-publica-en-las-redes-de-la-agencia","redes-sociales-se-publica-en-las-redes-del-nodo-local","redes-sociales-se-publica-en-las-redes-del-nodo-provincial","redes-sociales-se-publica-en-las-redes-del-nodo-tematico","tematica-legislativo"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/agenciamendoza.uno\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3591","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/agenciamendoza.uno\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/agenciamendoza.uno\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/agenciamendoza.uno\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/agenciamendoza.uno\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3591"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/agenciamendoza.uno\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3591\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3593,"href":"https:\/\/agenciamendoza.uno\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3591\/revisions\/3593"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/agenciamendoza.uno\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3594"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/agenciamendoza.uno\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3591"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/agenciamendoza.uno\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3591"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/agenciamendoza.uno\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3591"},{"taxonomy":"clasificacion-agencia","embeddable":true,"href":"https:\/\/agenciamendoza.uno\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/clasificacion-agencia?post=3591"},{"taxonomy":"clasificacion-provincial","embeddable":true,"href":"https:\/\/agenciamendoza.uno\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/clasificacion-provincial?post=3591"},{"taxonomy":"clasificacion-tematica","embeddable":true,"href":"https:\/\/agenciamendoza.uno\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/clasificacion-tematica?post=3591"},{"taxonomy":"clasificacion-local","embeddable":true,"href":"https:\/\/agenciamendoza.uno\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/clasificacion-local?post=3591"},{"taxonomy":"distribucion","embeddable":true,"href":"https:\/\/agenciamendoza.uno\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/distribucion?post=3591"},{"taxonomy":"fuente","embeddable":true,"href":"https:\/\/agenciamendoza.uno\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/fuente?post=3591"},{"taxonomy":"localidad","embeddable":true,"href":"https:\/\/agenciamendoza.uno\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/localidad?post=3591"},{"taxonomy":"provincia","embeddable":true,"href":"https:\/\/agenciamendoza.uno\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/provincia?post=3591"},{"taxonomy":"redes-sociales","embeddable":true,"href":"https:\/\/agenciamendoza.uno\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/redes-sociales?post=3591"},{"taxonomy":"tematica","embeddable":true,"href":"https:\/\/agenciamendoza.uno\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tematica?post=3591"},{"taxonomy":"clasificacion","embeddable":true,"href":"https:\/\/agenciamendoza.uno\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/clasificacion?post=3591"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}