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06/10/2026 · LEGISLATIVO
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Despacho favorable a la modernización del Régimen Disciplinario de la Administración Pública

Despacho favorable a la modernización del Régimen Disciplinario de la Administración Pública

El proyecto busca agilizar los procedimientos disciplinarios, fortalecer las herramientas de investigación y otorgar autonomía técnica y funcional a dicha Oficina, manteniendo las garantías del debido proceso y el derecho de defensa.

La Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, que preside Beatriz Martínez (UCR), dio despacho favorable al proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo que propone modernizar y fortalecer el Régimen Disciplinario de la Administración Pública Provincial.

En el marco del tratamiento de la iniciativa, la comisión recibió a Emilia Cabrera, subsecretaria Legal y Técnica del gobierno provincial, y a Esteban Agüero, de la Oficina General de Sumarios, quienes explicaron los principales aspectos de la propuesta y los cambios previstos en la organización y funcionamiento del sistema disciplinario provincial. En ese sentido, aclararon que “la regla son los buenos empleados públicos”, pero hay casos que requieren un tratamiento ágil y moderno.

Durante la reunión, los funcionarios explicaron que la iniciativa busca dar respuesta a problemas concretos y reiterativos que enfrenta actualmente la Oficina General de Sumarios, apuntando “a acelerar los procedimientos, reducir los tiempos que se pierden entre las distintas etapas y lograr que los expedientes que egresan de la Oficina puedan concluir con mayor rapidez en las reparticiones de origen y en la correspondiente resolución administrativa”.

Entre las herramientas que se proponen, mencionaron la posibilidad de que la Oficina pueda tomar conocimiento de manera temprana de aquellos casos que podrían derivar en un sumario, mediante alertas emitidas por las áreas de Recursos Humanos, así como la facultad de iniciar investigaciones de oficio ante posibles inconductas.

También plantearon la necesidad de fortalecer los mecanismos para requerir información a los distintos organismos y establecer una colaboración más efectiva para evitar que la falta de respuestas prolongue los procedimientos. Según explicaron, el 25% de los expedientes que ingresaron durante 2026, correspondía a hechos de 2025 y el resto a períodos anteriores.

Los funcionarios también describieron situaciones vinculadas con el ausentismo injustificado, que representa alrededor del 40% de los sumarios que tramitan. En ese sentido, señalaron la necesidad de que las propias reparticiones cuenten con mecanismos para detectar y comunicar las inasistencias de su personal, mediante responsables administrativos que informen periódicamente quiénes concurren y quiénes no.

La propuesta contempla además herramientas como las audiencias virtuales para facilitar el trámite de los procedimientos. Según explicaron, existen casos de agentes que dejan de concurrir a sus lugares de trabajo sin comunicar su situación y que el régimen prevé consecuencias frente a determinadas reiteraciones de inasistencias injustificadas, garantizando en todos los casos la posibilidad de ejercer el derecho de defensa.

El proyecto plantea sustituir el Anexo de la Ley 9.103, que contiene actualmente el Régimen General Disciplinario, a partir de la experiencia recogida desde su sanción. De acuerdo a los fundamentos, esa experiencia permitió advertir la necesidad de introducir modificaciones tanto en la organización y competencias de la Oficina General de Sumarios como en la tramitación de las informaciones sumarias y los sumarios administrativos.

“En particular, resulta necesario reducir los tiempos de tramitación, evitar demoras innecesarias, optimizar los recursos disponibles y fortalecer la capacidad de investigación de la Administración frente a hechos que pudieren constituir faltas disciplinarias”, indican los fundamentos del proyecto elevado a la Legislatura.

De allí que uno de los principales objetivos de la reforma es fortalecer a la Oficina General de Sumarios como órgano especializado en materia disciplinaria, otorgándole autonomía técnica y funcional para el ejercicio de sus competencias y procurando que las investigaciones sean desarrolladas con objetividad, imparcialidad y respeto por las garantías de los agentes involucrados.

Oficina General de Sumarios

Entre otros aspectos, establece que en sus funciones de investigación e instrucción, producción y valoración de la prueba y elaboración de dictámenes, deberá actuar con independencia técnica, objetividad e imparcialidad.

La iniciativa dispone también el deber de colaboración de los organismos, funcionarios y agentes de la Administración Pública Provincial frente a los requerimientos de la Oficina, quienes deberán proporcionar informes, datos y antecedentes, remitir expedientes y documentación y cumplir las diligencias que sean necesarias para el esclarecimiento de los hechos, dentro de los plazos establecidos.

De acuerdo con los fundamentos del proyecto, la remisión oportuna de esta información busca evitar demoras que terminan afectando la duración de los procedimientos.

A su vez, la propuesta incorpora expresamente la posibilidad de que la Oficina General de Sumarios inicie de oficio informaciones sumarias cuando tome conocimiento de hechos que pudieran constituir una falta disciplinaria. De esta manera, podrá intervenir sin depender exclusivamente de la remisión formal de las actuaciones por parte de la repartición correspondiente.

Una distribución diferente de las competencias

Otro de los puntos centrales de la iniciativa es la redistribución de las competencias disciplinarias. Las faltas de menor entidad podrán ser instruidas y resueltas directamente por las reparticiones de origen, dentro de los límites establecidos por la ley y respetando el derecho de defensa.

Según explican los fundamentos, esto permitirá que la Oficina General de Sumarios concentre sus recursos en aquellos procedimientos que, por la naturaleza o gravedad de los hechos, requieran la intervención de un órgano especializado.

Asimismo, “se introducen modificaciones destinadas a simplificar y agilizar el procedimiento, evitando actuaciones innecesarias o repetidas, regulando la conexidad y acumulación de actuaciones e incorporando mecanismos alternativos de conclusión, cuando las características y gravedad del caso así lo permitan”, indica el texto.

Las sanciones previstas por este régimen incluyen apercibimiento; suspensión hasta treinta días corridos, cesantía, y exoneración. En ese sentido, determina que los apercibimientos y las suspensiones de hasta 5 días, serán aplicadas por el jefe superior inmediato; las suspensiones superiores a 5 y hasta 15 días, serán aplicadas por el Ministro o Secretario de la jurisdicción respectiva, y las suspensiones superiores así como las sanciones de cesantía y exoneración, deberán ser aplicadas por el Poder Ejecutivo. En los entes descentralizados, será la autoridad superior del mismo quien aplique todas las sanciones.

Se aclara al respecto que las sanciones de suspensión superiores a 15 días, cesantía y exoneración requerirán, como regla, la previa instrucción de un sumario administrativo, con una excepción para determinadas causales objetivas de cesantía, para las cuales se establece un procedimiento especial.

Otra novedad que incorpora el proyecto es que en cada jurisdicción, organismo o dependencia deberá designarse un Responsable Administrativo de Presentismo, que tendrá a su cargo el seguimiento y control de los registros de asistencia y de las novedades que incidan sobre los mismos, debiendo procurar su permanente actualización, integridad y trazabilidad.

Cuando de dichos registros surgieren circunstancias que pudieren configurar o conducir a la configuración de alguna de las causales objetivas de cesantía vinculadas con la asistencia, deberá comunicarlo inmediatamente a la oficina de Recursos Humanos competente, acompañando los antecedentes y registros correspondientes.

Procedimientos más ágiles y digitalizados

La reforma incorpora por otra parte modificaciones destinadas a simplificar y agilizar la tramitación, evitando actuaciones innecesarias o repetidas y regulando la conexidad y acumulación de actuaciones.

Además, incorpora mecanismos alternativos de conclusión cuando las características y gravedad del caso lo permitan, que deberán respetar los principios de legalidad, razonabilidad, proporcionalidad y debido proceso y requerirán el consentimiento expreso del agente involucrado y la conformidad de la autoridad competente.

Otro de los aspectos contemplados es la digitalización de los procedimientos disciplinarios. El proyecto prevé la utilización de medios electrónicos para citaciones y notificaciones, la plataforma Mendoza por Mí (MxM), audiencias virtuales y otras herramientas tecnológicas destinadas a reducir tiempos y costos, facilitar la participación de las personas involucradas y mejorar el seguimiento y la trazabilidad de las actuaciones.

El objetivo: resolver en plazos razonables

Los fundamentos del Ejecutivo remarcan que la celeridad buscada por la reforma no significa simplemente sancionar más rápido, sino lograr que la Administración pueda determinar oportunamente si existió o no responsabilidad disciplinaria y evitar que los agentes permanezcan durante períodos excesivos sometidos a procedimientos que no han sido resueltos.

En ese sentido, procura contar con un sistema disciplinario más ágil, eficaz y ordenado, fortaleciendo la capacidad de investigación de la Administración y procurando que los procedimientos se desarrollen y concluyan dentro de plazos razonables.

El proyecto sostiene que estos cambios permitirán mejorar la eficacia de la potestad disciplinaria del Estado y optimizar los recursos disponibles, manteniendo las garantías del debido proceso y el derecho de defensa.

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